El Gobierno aprobó un decreto que permite que los trabajadores de 65 años o más puedan permanecer en aislamiento, accediendo al subsidio por enfermedad desde el 20 de diciembre y hasta el 28 de febrero de 2021 “según determinen y comuniquen las empresas al Banco de Previsión Social”.
Los trabajadores que realicen habitualmente, o puedan realizar, tareas laborales desde sus hogares quedan excluidos de esta normativa.
Asimismo, "la norma consigna que se entenderá por aislamiento, la permanencia de las personas en su domicilio, salvo en caso de imperiosa necesidad o urgencia".
A quien beneficia
Las personas de 65 años o más, comprendidas en el ámbito subjetivo de aplicación del subsidio por enfermedad establecido por el Decreto Ley Nº 14.407, de 22 de julio de 1975, modificativas y concordantes, podrán permanecer en aislamiento desde el 20 de diciembre de 2020 y hasta el 28 de febrero de 2021, según determinen y comuniquen las empresas al Banco de Previsión Social. Quedan excluidos aquellos trabajadores que puedan realizar o realicen sus tareas habituales desde su domicilio.
Se entenderá por aislamiento, la permanencia de la persona en su domicilio, salvo en caso de imperiosa necesidad o urgencia
Todas aquellas personas que guarden el régimen de aislamiento según lo dispuesto en los artículos precedentes, tendrán derecho a percibir la prestación correspondiente al subsidio por enfermedad en la forma prevista por el Decreto-Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, modificativas y concordantes, por el período de aislamiento.
- La comunicación realizada por la empresa se entenderá en esta oportunidad como realizada por el prestador de salud, a los efectos correspondientes.