Llamado Nº 0010/2022 - Chofer - MEF - Dirección General de Secretaría
Información General
Tipo de Vínculo: Contrato de Provisoriato
Nombre del puesto: Chofer
Período de postulación:12/08/2022 - 29/08/2022
Tipo de Tarea: Operativas de oficio
Estado: Abierto
Retribución: $41.576,99 nominales a valores enero 2022, más beneficios sociales
Carga horaria: 40 horas semanales
Lugar de desempeño: Departamento de Montevideo
Tiempo de contratación:
12 meses en carácter Provisorio. Transcurrido dicho plazo y previa evaluación, el funcionario/a quedará designado de forma definitiva en el cargo presupuestal correspondiente.
Organismo y Cantidad de Puestos
Ministerio de Economía y Finanzas - Dirección General de Secretaría - MEF
Otras condiciones de trabajo:
Nombre: Chofer
Escalafón: E
Grado: 01
Denominación: Oficial XIII
Serie: Chofer
Disponibilidad para trasladarse al interior cuando el servicio lo requiera.
Tareas ClaveRequisitos excluyentes:
1) Ciclo Básico de Enseñanza Secundaria completo o equivalente del Consejo de Educación Técnico Profesional CETP.
2) Libreta de Conducir categoría profesional (B, ó C, ó D, ó F).
Incompatibilidades
Previo a la suscripción de la designación inicial, la persona seleccionada deberá completar y signar declaración jurada en relación a:
A- Incompatibilidades
1) Mantener vigente otros vínculos con la Administración Pública, excepto aquellos que admitan su acumulación con otros cargos o funciones en virtud de norma jurídica expresa.
2) Percibir pasividad, retiro ni subsidio proveniente de actividad pública generada por sí mismo, excepto que se suspenda su percepción o que una norma legal habilite el cobro de ambas remuneraciones.
B- Prohibiciones
1) Haber sido desvinculado, mediante resolución firme, por la comisión de falta grave administrativa o incumplimiento de sus obligaciones, sea como funcionario público o bajo cualquier otra modalidad de vinculación (Ley Nº 18.172, art. 4 de fecha 31 de agosto de 2007, en la redacción dada por el artículo 10 de la Ley Nº19.149 de 24 de octubre de 2013).
2) Existencia de inhabilitación como consecuencia de sentencia penal ejecutoriada.
3) Haberse acogido al régimen de retiro incentivado regulado por el artículo 10 la Ley Nº 17.556 de fecha 18 de setiembre de 2002, en la redacción dada por el artículo 1 de la Ley Nº 17.672 de 16 de julio de 2003; ni al establecido por el art. 29 de la Ley Nº 17.930 de fecha 19 de diciembre de 2005, en la redaredacción dada por el artículo 9 de la Ley Nº 18.172 de 31 de agosto de 2007.
Medios de Postulación